Luego de un largo debate, el pleno de la cámara de diputados aprobó la ley «De modernización y simplificación del sistema tributario nacional» , luego de introducir modificaciones, en algunos de los artículos aprobados por la cámara de Senadores.
Estos cambios hacen que la propuesta de normativa vuelva al senado para que el pleno analice y decida si acepta o no los cambios introducidos por los diputados.
MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA CÁMARA BAJA
El impuesto al tabaco y cigarrillos, contemplado en el Art 115º, quedó establecido en 24%, 3% menos que el proyecto original (27%). En este apartado, el diputado liberal Edgar Acosta, mocionó aumentar las tasas impositivas, para desalentar el consumo del cigarrillo, y a su vez, se puedan destinar dichos recursos al Ministerio de Salud, para el tratamiento de enfermedades producidas por el vicio. Sin embargo, dicha propuesta no prosperó.
En cuanto al art. 116º, sobre el gravamen a bebidas alcohólicas y bebidas azucaradas, se redujo la tasa máxima del 11% al 10% para cervezas, sidras con alcohol y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 0.5% hasta el 10%; coñac, whisky, tequila y otros, del 13% al 12%; gaseosas con azúcar, bebidas energizantes con azúcar, entre otros, del 6% al 5% y; bebidas envasadas con azúcar o edulcorante calórico desde 25,1 gramos por cada 200 cm3, del 7% al 6%.
En el art. 119, también a propuesta de la Comisión de Presupuesto, se redujo del 5% a 0% la tasa para aeronaves nuevas o usadas, incluidos vehículos aéreos no tripulados para cualquier fin y las embarcaciones nuevas o usadas, cuyo valor aforo supere la suma de USD. 30.000, incluidos veleros, yates, lanchas, motos de agua y similares.
Asimismo, se solicitó, se introduzcan modificaciones a los artículos 6º, 27º, 40º, 53º, 54º, 64º, 66º, 90º, 101º, 115º (ISC),116º (bebidas), 117º y 140º que, sin embargo, no prosperó la solicitud.
En lo que se refiere al art. Art. 27º, que habla sobre el régimen de las empresas unipersonales, se solicitó al pleno que el monto a pagar, se reduzca a la mitad.
El debate con relación al art. 101, IVA al crédito al exportador, se solicitó se excluya a las empresas que procesan granos en su estado primario y que se establezcan la devolución de IVA en un 50% para las empresas que dan trabajo a la población.