Autoridades del Ministerio de Trabajo (Mtess) recuerdan que los trabajadores tienen derecho a solicitar un día de permiso que debe ser remunerado para que puedan concurrir a un vacunatorio, ya sea para inmunizarse contra él o para acompañar a un adulto mayor.
Comunicado mediante, la mencionada cartera de estado recuerda la vigencia de la Resolución Nº 623/2021 disponiendo que los trabajadores podrán utilizar la licencia establecida en el Art. 62 del Código Laboral que establece un permiso especial a trabajadores cuando deben cumplir obligaciones personales dispuestas por leyes o disposiciones gubernativas, y la consecuente obligación del empleador de otorgar dicha licencia y comunicarla al Ministerio de Trabajo.
Señalan que el permiso deberá ser solicitado y otorgado por escrito así como comunicado a la Dirección del Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo en un plazo de 30 días hábiles. En caso de incumplimiento por parte del empleador, del otorgamiento de la licencia remunerada, el trabajador podrá denunciar ante la Dirección del Trabajo del Mtess y será pasible de una multa de entre 10 a 30 jornales.
Cabe destacar que el Código Laboral establece en su Art. 62, inciso H, la obligación del empleador de conceder licencia al trabajador para cumplir sus obligaciones personales impuestas por leyes o disposiciones gubernativas; pero el empleador no está obligado a reconocer por estas causas, más de dos días remunerados en cada mes calendario, y en ningún caso más de quince días en el mismo año.
No existe ningún formulario preestablecido para solicitar el permiso, siempre que sea solicitado por escrito con la justificación correspondiente es válido, con la respuesta por escrito también del empleador, para los fines administrativos y presentación al Ministerio de Trabajo en el plazo establecido, de forma digital.