Plantean reducir cantidad de concejales y prohibir más nombramientos en la Municipalidad de Asunción

Los diputados Sebastián García y Sebastián Villarejo, presentaron un proyecto de ley «De mejora de la gobernabilidad y administración de Recursos Humanos de la Municipalidad de Asunción”, iniciativa que apunta a reducir la cantidad de concejales que tiene el municipio capitalino y, al mismo tiempo, prohibir la contratación de más funcionarios.

Por un lado, la presente propuesta de ley, modifica el artículo 24 de la Ley 3966/2010, Orgánica Municipal, para reducir de 24 a 14, el número de concejales en la Municipalidad de Asunción.

Los proyectistas alegan que hay experiencias que pueden servir de ejemplo y citan a Ciudad del Este y Encarnación, municipios que han funcionado en condiciones similares, pero en donde la duplicación de la cantidad de concejales tampoco ha impactado, positivamente, en la democratización del gobierno municipal.

“El clima de gobierno del municipio de Asunción se ha caracterizado por la prebenda, el clientelismo y la disputa de espacios de administración”, argumenta el documento.

En este contexto, aseguran que la reducción de la cantidad de concejales, amén del enorme ahorro al contribuyente asunceno, mejorará la legitimidad de la representación, vista la implementación del sistema de listas cerradas desbloqueadas.

Por otro lado, el proyecto también establece una reestructuración de la administración de Recursos Humanos, previendo, como primera medida, la prohibición de nombrar a nuevos funcionarios por el término de cuatro años, y en este tiempo, solo habilitar la contratación temporal de empleados para casos de urgencias o necesidad operativa.

Enfatizan, los proyectistas, que es impensado mejorar la administración municipal con la carga salarial a costa del contribuyente, por lo que urge tomar medidas legislativas para reencausar la situación.

Por último, este proyecto de ley también autoriza al intendente municipal de Asunción, con acuerdo de la Junta Municipal, a aplicar lo dispuesto en el Art. 17 de la Ley 1626/2000, De la Función Pública, no reconociendo el instituto de la estabilidad, anulando todos los nombramientos e incorporaciones realizadas sin el concurso público de oposición.

Tras el ingreso al circuito legislativo, se dispuso que el documento sea derivado a las comisiones de Legislación y Codificación; Justicia, Trabajo y Previsión Social; y a la de Asuntos Municipales y Departamentales, para su correspondiente dictamen.