El dictamen que emitió la Comisión de Cuentas y Control que preside Edgar Acosta recomienda aceptar la versión de la Cámara de Senadores del proyecto de ley “Que modifica los artículos N° 13, 25 y 28 de la Ley N° 1.015/1997 – Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes; modificados por las leyes N° 3.783/2009 y 6.797/2021”.
Este documento busca, principalmente, incluir a las tabacaleras y los clubes de fútbol, como sujetos obligados de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).
Recordemos que el proyecto aprobado en primera vuelta por la Cámara Alta, luego fue modificado en Diputados.
En el tercer trámite constitucional, la cámara de origen se ratificó en su sanción inicial, que es la recomendada por la Comisión de Cuentas.
Las modificaciones incluidas en la versión Cámara de Diputados de esta propuesta, en el artículo 13°, establecen como sujetos obligados, en el inciso O), a las empresas dedicadas a la producción o importación del tabaco, cigarrillos, vapeadores y similares.
A ese efecto se establece como órgano supervisor natural al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y no a la Seprelad.
Igualmente, abarca clubes deportivos, uniones, federaciones y confederaciones de diferentes actividades deportivas, para los controles de la Seprelad.