Mediante A.I Nº 91/2023, el Tribunal Superior de Justicia Electoral no hace lugar a los pedidos de apertura del Sobre Nº 4 de las Elecciones Nacionales, como también el recuento de boletines de voto, auditoría internacional de Máquinas de Votación y su sistema operativo, presentados por diversas organizaciones políticas.
En consecuencia, no se hace lugar al pedido de suspensión del cómputo y juzgamiento definitivo de las Elecciones Nacionales, presentado por el Partido Cruzada Nacional.
EN DESARROLO