El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Noveno Turno de Asunción, a cargo de Mafalda Cameron Luque, dispuso la suspensión provisoria de Juan José Zapag Benítez y María Arlette Zapag Benítez como administradores de Cargo Line Paraguay S.A. y Cimportex Paraguaya I.C.S.A., en el marco de una disputa societaria entre integrantes de la familia Zapag.
La decisión responde a una medida cautelar presentada dentro de una acción judicial que busca la remoción de los administradores y la determinación de eventuales responsabilidades por el manejo de ambas compañías.
La resolución también suspendió provisoriamente al síndico titular, Joaquín Méndez Sampaio. En su reemplazo, el juzgado designó a Blas Zapag como presidente provisorio de ambas sociedades y a Nora Elizabeth Zapag Benítez como directora titular de sus respectivos directorios.
¿Cuál es el origen del conflicto?
El enfrentamiento gira principalmente en torno al manejo de fondos de las empresas y a un proyecto inmobiliario denominado Nextar.
Uno de los cuestionamientos planteados ante la Justicia se refiere a una transferencia de USD 1,338 millones. Según la demanda, Juan José Zapag, actuando en representación de Cargo Line, habría instruido a una entidad bancaria a transferir ese dinero desde una cuenta de la empresa a una cuenta personal.
Los accionistas que promovieron la acción sostienen que posteriormente solicitaron explicaciones y documentación al directorio y al síndico, sin obtener respuesta.
El segundo punto está relacionado con Nextar, un proyecto inmobiliario cuya inversión rondaría los USD 9,7 millones. Según la documentación incorporada al expediente, el inmueble y el proyecto estarían a nombre de Cimportex, mientras que el financiamiento habría sido asumido por Cargo Line mediante el pago anticipado de alquileres por más de 15 años.
El contrato fue firmado por Juan José Zapag en representación de ambas sociedades. La demanda cuestiona, entre otros aspectos, que no constaría la aprobación previa de los directorios para la operación, la construcción, la elección de la empresa constructora, el plan de negocios y el presupuesto.
Estos hechos forman parte de los argumentos planteados por los accionistas en el proceso y no constituyen, por sí mismos, responsabilidades determinadas judicialmente.
¿Por qué intervino la Justicia?
Para conceder la medida cautelar, la jueza consideró que estaban reunidos los presupuestos previstos por el Código Procesal Civil, entre ellos la existencia de elementos que justifican provisoriamente el reclamo y un riesgo derivado de la demora del proceso.
La resolución menciona cuestionamientos sobre la administración, deficiencias contables y dificultades para acceder a documentación de las sociedades.
También advierte que mantener a los administradores cuestionados en sus cargos durante la tramitación del juicio podría dificultar el acceso a documentación y afectar la utilidad de una eventual decisión definitiva.
Por ese motivo, la magistrada consideró insuficiente una medida menos restrictiva, como exigir firmas conjuntas para determinadas operaciones, y dispuso la suspensión provisoria de sus funciones.
También habrá un interventor judicial
El juzgado ordenó además la intervención judicial de Cargo Line y Cimportex.
El interventor será designado de la nómina de peritos de la Corte Suprema de Justicia y tendrá funciones de observación, fiscalización e información. No podrá administrar las empresas, ejercer veto ni cogestionarlas.
Deberá acceder a las actas y resoluciones de los directorios y presentar informes periódicos al juzgado.
La medida no determina responsabilidades definitivas
La suspensión y la intervención tienen carácter provisorio. La Justicia todavía debe resolver la acción principal, que plantea la remoción de los administradores y eventuales responsabilidades societarias.