MIC aprobó pedidos de inversión extranjera por valor de US$ 11,64 millones

El ministro de Industria y Comercio (MIC), Luis Alberto Castiglioni, a través del Consejo de Inversiones, aprobó un total de 11 solicitudes de beneficios de la Ley Nº 60/90 “Régimen de Incentivos Fiscales a la Inversión de Capital de Origen Nacional y Extranjero”, por valor de 11,64 millones de dólares, resultado de la promoción a la inversión tanto nacional como extranjera y de un sistema económico basado en el libre comercio.

Según informaron, los proyectos aprobados permitirán la creación de 113 puestos de trabajo en forma directa, provenientes en su mayoría de inversión extranjera, destacándose las inversiones originarias de Panamá, Argentina, Italia, España, Escocia y Uruguay. A su vez, 5 Departamentos del país serán beneficiados con dichas inversiones, que son: Central, Itapuá, Alto Paraná, Cordillera, y la Capital del País.

Un total de 9 de los 11 proyectos aprobados corresponden al sector industrial con una inversión total de 11,03 millones de USD, entre los cuáles se sobresalen las actividades de fabricación de productos farmacéuticos, de bolsas y telas de polipropileno, producción de fertilizantes, entre otros. También, fueron aprobados proyectos del sector agropecuario, y de minas y canteras.

Beneficios fiscales

Los beneficios fiscales concedidos al amparo de la Ley Nº 60/90 son los destinados para la exoneración de: Gravamen aduanero e IVA para la importación de maquinarias y equipos. Asimismo, los bienes de capital de producción nacional también están alcanzados por la Ley N°60/90, con la exoneración del IVA por la compra local de maquinarias y equipos fabricados en el país.

Cuando la inversión es superior a U$S 5 millones, cuenta con los siguientes beneficios: Exoneración total de los impuestos que inciden sobre los dividendos y utilidades provenientes de los proyectos aprobados, por el término de hasta diez (10) años, contados a partir de la puesta en marcha del proyecto; En caso de que el monto de la financiación proviene del extranjero quedará exonerado el pago de los tributos que gravan a las remesas y pagos al exterior en concepto de intereses, comisiones y capital de los mismos, por el plazo pactado.