Comisión de Presupuesto recibirá al Viceministro de Hacienda este martes

La Comisión de Presupuesto de Diputados, recibirá esta mañama al viceministro de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera, Marco Elizeche. Será a partir de las 08:00 horas.

Durante el encuentro, se analizará el proyecto de ley “Comedores y centros comunitarios”, remitido por la Cámara de Senadores; y el proyecto de ley “Que modifica y amplía el artículo 332 de la Ley Nº 834/1996 – Que establece el Código Electoral Paraguayo”, también proveniente de la Cámara Alta con ratificación.

En lo referente a los comedores y centros comunitarios, la normativa busca constituirse en una propuesta a las necesidades comunitarias y constituiría un mecanismo de apoyo a los sectores más vulnerables del país, que buscan un acompañamiento de políticas públicas inclusivas e integrales, según dice la exposición de motivos.

El documento establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Desarrollo Social (MDS), institución que sería la responsable de coordinar la organización, fortalecimiento y apoyo a los centros comunitarios, además de la articulación del trabajo de las diferentes personas e instituciones públicas y privadas para el efecto.

Señala que el MDS podrá requerir el concurso y el asesoramiento de todas las instituciones públicas, gobiernos locales y organizaciones privadas, pudiendo conformar comisiones interinstitucionales para el mejor cumplimiento de los fines del programa.

“La cobertura será nacional, por medio de un trabajo coordinado, articulado y armónico con los responsables de las organizaciones comunitarias beneficiarias del programa”, dice uno de los artículos.

Código Electoral Paraguayo

El segundo ítem a ser considerado por la Comisión de Presupuesto refiere al artículo 332 de la Ley Nº 834/1996 (Código Electoral Paraguayo).

El texto ratificado por el Senado en este artículo dice que abonarán una multa de 15 a 30 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas, quienes voten mediando inhabilitaciones establecidas en el artículo 91.

Además, quienes siendo secretarios o funcionarios del Registro, omitieren comunicar las inhabilitaciones o sus levantamientos; violen las prohibiciones establecidas por la autoridad pública en materia de utilización de altavoces; y los que infringieren lo dispuesto en el artículo 4° del Código, que serán sancionados con una multa equivalente a medio jornal mínimo.

El proyecto menciona que mientras dure el incumplimiento de pago de la multa establecida, habrá suspensión de trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET); suspensión de emisión de pasaportes y antecedes policiales por parte del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional; suspensión de trámites ante la Dirección General de los Registros Públicos; suspensión de trámites ante la Dirección General de Catastros.

Igualmente, habla de suspensión de trámites ante la Dirección General de Registros del Automotor; suspensión de trámites administrativos ante las Municipalidades y Gobernaciones; y suspensión de los beneficios contemplados en la Ley Nº 4.087/2011 – De regulación de transferencias monetarias condicionadas. Fuente: Diputados.