El Senador Juan Afara, Presidente de la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales (CONADERNA), presentó el Proyecto de Ley “De Educación Ambiental” que busca consolidar y fortalecer la educación ambiental formal, no formal y refleja, garantizando su aplicación en todas las modalidades y niveles.
El documento ingresó oficialmente en la última sesión ordinaria de la Cámara de Senadores.
Según el proyectista, la iniciativa apunta a promover procesos orientados a la construcción de valores, conocimientos y actitudes que posibiliten formar capacidades que conduzcan hacia un desarrollo sostenible basado en la equidad y justicia social, en la protección y conservación del patrimonio natural y ambiental, así como en el respeto por la diversidad biológica y cultural.
El senador Afara enfatiza en la necesidad de incorporar a nuestra legislación esta importante normativa en cumplimiento de los postulados Constitucionales que consagran el Derecho a un Ambiente Saludable y a la Protección Ambiental.
Menciona además la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, celebrada en Estocolmo en el año 1972, donde se proclama: “la Educación Ambiental es indispensable para ensanchar las bases de una opinión pública bien informada y de una conducta de los individuos, de las empresas y de las colectividades, inspirada en el sentido de su responsabilidad en cuanto a la protección y mejoramiento del medio en toda su dimensión humana”.
Afara sostiene que tanto las instituciones del Estado, como la comunidad educativa y la sociedad civil tienen la obligación de propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la afectación o degradación del medio ambiente y a su vez salvaguarde el equilibrio ecológico.
“Es necesario establecer normas y ejecutar acciones que garanticen la conservación del medio ambiente, así como sus componentes físicos (suelo, agua y aire) y biológicos (fauna y flora)”, refirió el titular de la CONADERNA.
El proyecto de ley posee diez artículos, entre los que establece principios y definiciones en materia de educación ambiental, y designa como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Educación y Ciencias (MEC).
Esta institución deberá instalar unidades de gestión de la Educación Ambiental, encargadas de garantizar la consolidación y el fortalecimiento de la misma en la educación formal, no formal y refleja, garantizando la aplicación de la educación ambiental en todas las modalidades y niveles.
Estipula igualmente que, para la elaboración e inclusión de la temática de contenido ambiental, el MEC vinculará los criterios que le serán proveídos por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El proyecto fue girado a las Comisiones Asesoras de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo; Hacienda y Presupuesto; Cultura, Educación, Ciencias, Tecnología y Deportes; Energía, Recursos Naturales, Población, Ambiente, Producción y Desarrollo Sostenible; y Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado para su estudio y dictamen respectivo.-