En sesión plenaria, la Corte Suprema de Justicia resolvió tomar nota y hacer saber la comunicación remitida por el presidente de la Cámara de Senadores, Basilio Núñez, referente a la Declaración Nº 525. La disposición aprobada por el Poder Legislativo insta al alto tribunal, al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y a los auxiliares de justicia al cumplimiento efectivo de la Ley Nº 2532/2005 «Que establece la Zona de Seguridad Fronteriza de la República del Paraguay».
El proyecto de declaración, impulsado por los senadores Colym Soroka y Celeste Amarilla, fundamenta que la legislación de seguridad fronteriza —catalogada como norma de orden público— viene siendo burlada de forma sistemática. La exposición de motivos señala que se recurre a triangulaciones, estructuras societarias opacas con prestanombres, contratos de arrendamiento a plazos abusivos y pactos privados para ceder el control fáctico de tierras en la franja fronteriza a extranjeros.
Al respecto, el abogado Rodrigo Moreno, representante de la querella por la Asociación Espíritu Santo, recordó durante el juicio oral a la exjueza Tania Irún que la misma cedió 310.000 hectáreas en Alto Paraguay a cuatro empresas offshore sin verificar la documentación exigida por ley.
«Tras la entrega y lectura de la resolución, los tres miembros, incluida la presidenta, Lourdes Garcete y Juan Francisco Ortiz, coincidieron de manera unánime en que se violó la ley. En esa misma línea se habían pronunciado los ministros Benítez Riera y Manuel Ramírez ante el JEM en el 2018, cuando se produjo la destitución de la exjueza Irún», enfatizó Moreno.
ANTECEDENTE. En su momento, los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia votaron por la remoción de Irún ante el JEM. En su voto, Benítez Riera calificó el análisis de la entonces magistrada como «francamente insuficiente e incompleto», concluyendo que cometió una falta grave al omitir la verificación del artículo 4 de la Ley Nº 2532/05. Dicha disposición exige que las acciones o títulos de sociedades poseedoras de inmuebles rurales en la franja fronteriza sean nominativos y no endosables.
En tanto que Ramírez Candia sostuvo que el argumento central era que la jueza había incumplido su deber de verificar la documentación societaria de las empresas extranjeras.
DE NUEVO. El Senado volvió a remitir una resolución a la Corte Suprema exhortándola a dar estricto cumplimiento a la Ley de Seguridad Fronteriza, al advertir en la exposición de motivos que la Ley de Seguridad Fronteriza «es burlada sistemáticamente mediante triangulaciones y estructuras societarias opacas con prestanombres».
El abogado Rodrigo Moreno enfatizó que el fallo del juicio a la exjueza Tania Irún «señala claramente que está demostrada la violación de la ley». Asimismo, recordó que la propia legislación impone drásticas sanciones para los funcionarios e instituciones que la contravengan. Estas sanciones también son atribuibles a funcionarios de entidades públicas como el Registro Unificado Nacional (RUN), nueva institución que fusionó Servicio Nacional de Catastro (SNC), la Dirección General de los Registros Públicos (DGRP) y el Departamento de Agrimensura y Geodesia).
En ese sentido, el artículo 8.º de la Ley Nº 2532/05 establece de forma taxativa que “los actos jurídicos que contraríen lo dispuesto en esta Ley, serán nulos, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieran corresponderles a los jueces, funcionarios y a los notarios públicos intervinientes. La nulidad del acto traerá aparejada una multa equivalente al doble del valor de la operación.”
Finalmente, en su sesión plenaria del pasado 26 de agosto, el presidente de la Corte, ministro Alberto Martínez Simón puso a consideración del pleno que resolvió por unanimidad dar trámite y la comunicación efectiva a la exhortación de la Cámara de Senadores.