El senado aprobó y sancionó en sesión extraordinaria las modificaciones de los tres artículos del Código Procesal Penal que apuntan a la ampliación de los plazos para la imposición y revisión de medidas cautelares.
El objetivo es evitar el colapso del sistema judicial por la entrada en vigencia a la modificación del artículo 245 del referido código. La propuesta fue planteada luego de una reunión entre representantes entre los tres poderes de estado y la promesa del presidente Abdo en que con la sanción de las modificaciones promulgara la normativa para su entrada en vigencia.
Cabe destacar que en la víspera la cámara de diputados dio media sanción, también sobre tablas, a propuesta de la diputada Rocío Vallejo. Presidenta de la Comisión Nacional de Reforma Penal
Se trata de los artículos 129, 141, 251 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que la entrada en vigencia del artículo 245 de la misma ley puede provocar que todas las personas que estén con prisión preventiva pidan la revisión y con los plazos actuales se beneficie con la libertad ficta.
Las modificaciones afectan al artículo 129, estableciendo que el plazo para la imposición de medidas cautelares sea contado en días y horas hábiles, el artículo 141 aumentando el plazo para la resolución ficta de 24 horas a 10 días hábiles, y el artículo 250 donde también se amplía el plazo para la audiencia de sustanciación de revisión de 48 horas a cinco días hábiles.