Los agentes fiscales solicitaron una condena de tres años de prisión al concluir que la procesada cometió prevaricato al ceder 310.000 hectáreas en el Chaco violando la Ley de Seguridad Fronteriza.
El Ministerio Público solicitó formalmente una condena de tres años de pena privativa de libertad para la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Irún, tras concluir que se encuentran plenamente probados los presupuestos normativos del hecho punible de prevaricato. La representación fiscal argumentó que la conducta de la exmagistrada vulneró las disposiciones de la Ley Nº 2532/05 de Seguridad Fronteriza al ceder 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en el Chaco a sociedades extranjeras.
El fallo dictado en el año 2018 por la entonces magistrada se produjo en el marco del litigio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo sobre obligación de hacer escritura pública”. Durante sus alegatos finales, el fiscal Christian Benítez sostuvo que la exjueza supuestamente omitió verificar la naturaleza legal y la titularidad real de las empresas beneficiadas con dicha resolución.
“El Ministerio Público le atribuye justamente el no haber corroborado que las acciones sean nominativas, así como también que los estatutos sociales de todas estas firmas extranjeras y de maletín efectivamente permitan el endoso de acciones”, explicó el agente.
El representante del Ministerio Público enfatizó el impacto institucional de la resolución sobre el territorio chaqueño, remarcando que la causa trasciende un litigio ordinario entre partes privadas.
“En este punto es importante sostener y recordar que aquí están en juego no solamente las 310.000 hectáreas de tierras, sino la soberanía de la República del Paraguay; y el Ministerio Público, como representante de la sociedad, no puede dejar esto sin solicitar la aplicación de una condena”, afirmó Benítez.
Asimismo, el fiscal detalló que las pesquisas demostraron que las entidades adquirentes carecían de respaldo financiero o representación legítima en el país. “Conforme a la investigación realizada por el Ministerio Público, se trataba de firmas extranjeras de maletín u offshore, pues no tenían siquiera patrimonio alguno, cuentas bancarias ni presencia en la República del Paraguay”, agregó el representante de la sociedad.
VOTOS CLAVES. En relación con el trámite institucional de la causa, Benítez recordó que la actuación de la procesada fue examinada en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). “Se cuenta con los votos de los doctores Ramírez Candia y Benítez Riera, dos ministros de la Corte Suprema de Justicia, quienes han dicho en su momento, al solicitar la remoción de esta magistrada, que efectivamente ha violado la Ley de Seguridad Fronteriza”, remarcó.
La Fiscalía también detalló que existen los elementos probatorios producidos en el debate oral respecto a la cronología de la elaboración y posterior firma de la sentencia definitiva dentro del juicio civil contra la entidad religiosa.
Señalaron que la exmagistrada gozaba de un permiso de maternidad otorgado desde el 24 de septiembre de 2018 hasta enero de 2019. Sin embargo, la procesada solicitó adelantar su reincorporación al juzgado a partir del 20 de noviembre de 2018. El fallo inició ese mismo 20 de noviembre a través del sistema informático de la institución, culminando con la firma de la resolución apenas tres días después, el 23 de noviembre de 2018, concluyó el Ministerio Público.