Consideran oportuna eventual declaración de emergencia por sequía

El diputado Hugo Ibarra señaló que el pedido de declarar situación de emergencia en nuestro país debido a la sequía, plasmado en un proyecto de ley que será estudiado en la Cámara de Diputados, este lunes, en sesión extraordinaria, “es oportuno y merece respaldo legislativo”.

La mencionada iniciativa, originalmente, tiene como proyectistas a los senadores Hugo Richer (FG), y José Ledesma (PLRA), pero será impulsado por varios diputados a fin de que el inicio de su circuito legislativo se de en la Cámara Baja, con el objetivo de darle aprobación la próxima semana.

La intención surgió en esferas de la Comisión Permanente, donde se decidió incluir su tratamiento en la sesión extraordinaria de Diputados, convocada para el lunes 24 de enero, desde las 09:00 horas.

El diputado Ibarra adelantó su total apoyo al Proyecto de Ley “Que declara emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay” (denominación oficial), con base en la muy difícil situación que atraviesan productores de todo el país como consecuencia de la sequía.

“Estoy totalmente de acuerdo porque conocemos la situación que están pasando nuestros agricultores, especialmente la agricultura familiar campesina”, manifestó.

Dijo que urge una rápida respuesta del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), para enfrentar esta situación.

“Este es el momento en que como representantes del pueblo debemos acompañar a los agricultores. Es un momento difícil, no sólo por la sequía, también por la pandemia, donde sabemos que están rebrotando los contagios y eso también repercute en la economía”, sentenció el parlamentario.

Cabe recordar que el mencionado proyecto será el segundo punto del orden del día de la sesión extraordinaria a llevarse a cabo.

“Declarar en situación de emergencia todo el territorio de la República del Paraguay, de conformidad con el artículo 202, numeral 13, de la Constitución Nacional, para combatir los efectos ocasionados por las graves sequías registradas”, señala el artículo 1° del documento.

El segundo apartado habla de encomendar a las autoridades nacionales y departamentales, solicitar y disponer de los recursos necesarios a fin de dar respuesta inmediata a las prioridades de los pobladores de las zonas afectadas.

El tercer artículo propone que los ministerios del Poder Ejecutivo, entidades descentralizadas, entes autónomos y autárquicos, entidades binacionales, la Secretaría de Emergencia Nacional y los organismos concurrentes por la Ley Nº 2.615/ 05, “Que crea la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN)”, además de las gobernaciones y las municipalidades, adopten todas las medidas conducentes a cooperar con los pobladores de las zonas afectadas.

Para el efecto incluye subsidios, asistencia técnica, crediticia y refinanciamiento; al igual que medidas de carácter sanitario y de asistencia social. Fuente: Diputados