Diputados aprueba con modificaciones proyecto que sanciona conflictos de intereses

El plenario de la Cámara de Diputados aprobó, con modificaciones, y devolvió a la Cámara de Senadores el proyecto de ley “Que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la función pública”.

Esta situación se da cuando los intereses particulares de una persona que desempeña funciones públicas, o los de su familiar, o amigos, pueden influir en la adopción de decisiones que atañen al ejercicio del cargo, según explica la normativa.

El documento, conocido también como proyecto de “puerta giratoria”, tiene el objetivo específico de prevenir los conflictos de intereses, imponiendo restricciones apropiadas, durante un período razonable, a las actividades profesionales de exfuncionarios en el sector privado, cuando esas actividades estén, directamente, relacionadas con las funciones desempeñadas o supervisadas durante su permanencia en el cargo público.

La parlamentaria Celeste Amarilla (PLRA-Capital), titular de la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros, sugirió la aprobación con modificaciones, al explicar que las mismas apuntan a los artículos 3, inciso G); y 20, inciso D).

Esgrimió que buscan “achicar” el grupo familiar al que se hace referencia, a cónyuge e hijos mayores de edad, con la aclaración de que esto no significa que “si se llegara a descubrir vínculos cercanos, como testaferros, prestanombres; las acciones seguirán igual”.

“Lo que planteamos es testar el artículo 3, inciso G), donde se habla del grupo familiar y lo define como cónyuge; conviviente o concubino; hijos mayores de edad; parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad, incluyendo a las personas sujetas a tutela o curatela. Queremos testar desde “parientes hasta segundo grado de consanguinidad”, hasta el final”, indicó.

Con la modificación, la redacción quedaría en “cónyuge, conviviente o concubino e hijos mayores de edad”.

En cuanto al artículo 20, inciso D), se decidió testar la parte donde dice “parentesco hasta el 4º grado de consanguinidad”, de acuerdo a las explicaciones.

Resueltas estas variantes y aprobado el documento, el mismo se remite, nuevamente, a la Cámara de Senadores para su tercer trámite constitucional. Fuente: Diputados