Accidentes fatales: Dictamen a favor de elevar pena a conductores ebrios

La Comisión de Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones, que preside el diputado Hugo Ibarra concedió dictamen de aprobación al proyecto de ley que modifica varios artículos de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

Se trata de un documento que busca una penalización más grave para los conductores que manejen bajo los efectos del alcohol u otras sustancias estupefacientes.

La modificación propone, en el Art. 111, que ya no sea considerada como falta leve la conducción en estado de intoxicación alcohólica desde 0.001 a 0.199 mg/L de CAAL y 0.001 a 0.399 g/L de CAS.

En el Art. 153, se agrega, directamente, la penalidad de 2 años y un máximo establecido en el Código Penal Paraguayo (según la tipificación de penalidades por crímenes cometidos), a los infractores que, dolosamente, cometan la infracción en el tránsito.

La otra modificación consiste en suprimir del Art. 112 (Faltas graves), el Inc. X), que establece cuanto sigue: “La conducción en estado de intoxicación alcohólica desde 0.200 a 0.799 mg/L de CAAL y 0.400 a 1.599 g/L de CAS”.

En esencia, el cambio consiste en suprimir la parte que habla del resultado de miligramos de alcohol por litro en la sangre e impone, directamente, la pena mínima de dos años de cárcel para los conductores en infracción.

“Estos accidentes ocasionados por los irresponsables conductores en el volante, deben ser castigados, duramente, motivo por el cual es de estricta justicia la presentación y aprobación de este proyecto”, dice parte de la exposición de motivos de este documento. Fuente: Diputados